A partir del 1 de enero de 2013, según el “Real Decreto sobre la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios”, será obligatorio el certificado de eficiencia energética para todos aquellos inmuebles en venta o alquiler. Estas son las preguntas más frecuentes que tanto propietarios como técnicos se hacen sobre esta nueva normativa:
1 – ¿Qué es certificado de eficiencia energética? Es un informe que, a modo de etiqueta, nos indicará el consumo energético de un inmueble en una calificación desde la A a la G, siendo A la más alta calificación (mayor ahorro) y G la más baja (mayor gasto).
2 – ¿Qué inmuebles tienen la obligación de tenerla? Es obligatorio para todos los edificios (ej. vivienda unifamiliar o edificio de pisos) o parte de ellos (ej. piso o local), cuyo año de construcción sea anterior a 2.007, cuando se ofrezcan en venta o alquiler.
3 – ¿Ya se aprobó el real decreto que regula esta nueva normativa? No, todavía no, pero será aprobado inminentemente, ya que entra en vigor el 1 de enero de 2.013.
4 – ¿Quiénes son los técnicos que certificarán los inmuebles? Según el Real Decreto: “el certificado de eficiencia energética será suscrito por técnicos que estén en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas” Es decir, son los arquitectos, aparejadores, ingenieros industriales y los ingenieros técnicos industriales, aunque estamos esperando una definición más concreta por parte del Ministerio.
5 – ¿Cuánto costará adquirir este certificado energético? No existen tarifas oficiales para este trabajo. Por ejemplo, en Europa, para un piso de unos 100 m2, el precio oscila alrededor de los 250€*.
6 – ¿Es necesario que el certificador acuda al inmueble? Sí, el técnico debe visitar el inmueble para tomar datos, realizar mediciones, y recopilar la información necesaria para elaborar el certificado.
7 – ¿Quién pagará el certificado de eficiencia energética? El propietario (vendedor/arrendador), ya que deberá mostrar la etiqueta energética durante la promoción de venta/alquiler del inmueble.
8 – ¿Qué vigencia tiene esta etiqueta energética? El certificado de eficiencia energética tiene una validez máxima de 10 años. Es responsabilidad del propietario renovar el certificado transcurridos los 10 años.
9 – ¿Es obligatorio llegar a una calificación mínima para alquilar o vender mi vivienda? No será obligatorio tener una calificación mínima, es un dato a modo de información sobre el inmueble, aunque es probable que los futuros compradores o inquilinos tengan en cuenta la calificación a la hora de elegir. Como en la compra de un electrodoméstico o un coche, el comprador se decantará por aquellos aparatos o vehículos que consuman menos. Se espera que con las viviendas ocurra lo mismo.
10 – ¿Puedo ofrecer o publicitar la vivienda en venta o alquiler sin contar con la certificación de eficiencia energética? El artículo 12.2 deja claro que la etiqueta energética debe acompañar a cualquier actividad comercial que se realice para vender o alquilar la vivienda. De esta forma, en el resto de países de Europa, donde ya está en vigor la medida, tanto en los escaparates de las agencias inmobiliarias como en los portales de internet aparecen las etiquetas energéticas como una característica más de la vivienda o local.
11 – ¿Puedo mejorar la calificación energética obtenida en un primer momento con el objetivo de hacer mi propiedad más atractiva a la hora de comercializar con ella? Sin ninguna duda, SI. De hecho, en el panoráma actual del gran número de viviendas vacías pendientes de vender o alquilar, cualquier mejora que se realice será un plus a la hora de colocar la propiedad en el mercado. Existen varias fórmulas y actuaciones que mejoraran de forma sustancial la calificación energética de una vivienda, aunque todo dependerá del presupuesto del que se disponga. En próximos post, hablaremos de dichas mejoras por grado de dificultad / coste.
* Estos datos han sido logrados contrastando varios portales web europeos. Entendemos que estas cantidades ni son extrapolables ni predictivas para nuestro país.
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